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Ilústrate sobre tus derechos Las ilustraciones son obras protegidas En tanto fruto de un esfuerz la ilustra ción estará Todo ilustrador tiene derechos:
protegida por el derecho de autor en casos en que sea una creación original. Morales: Irrenunciables y perpetuos
como requisito de •Que su nombre o seudónimo acompañe siempre la publicación de su obra. Que sea original no •Oponerse a cualquier deformación, mutilación o quiere d ecir que la cualquier otra modificación de la obra. original si refleja el sello personal de su Patrimoniales: Renunciables y
expresarse y ver el susceptibles de venta
que la originalidad radica en la forma individualizando la obra que incorpora •Realizar, autorizar o prohibir todo uso que se haga de la obra, bien sea su adaptación al cine, inclusión en publicaciones de todo tipo, páginas web, blogs o piezas publicitarias y, en general, todo acto de reproducción, distribución, comunicación al público, puesta a disposición en Internet o transformación de la obra. I don´t do art for free de Pearl Eden. Pearleden.deviantart.com Ilustrador ≈ Autor



Ilústrate sobre tus derechos Servant y el sapo la celebración de una carta real: Las aventuras de Alicia en el País de las Maravillas. Ilustración de John Tenniel, ¿Es necesario registrar la obra para que esté
publicado en 1865. protegida?
No, la ilustración está protegida desde el momento en que es creada sin que se requiera adelantar ningún trámite. La principal función del registro es dar publicidad al derecho de los titulares y a los actos y contratos que transfieren o cambien ese dominio amparado por la ley. El registro funciona para informar quién es el titular de derechos sobre Si usted es un
la obra, facilitando el contacto por personas interesadas en autor argentino,
adquirir licencias y evitando que terceros malintencionados tenga en cuenta
se asuman como autores de una creación ajena. ¿Las piezas publicitarias también están protegidas?
exigen el registro previo de la obra ¿Los personajes estás protegidos?
Como se mencionó antes, las ideas no hacen parte del objeto de protección del derecho de autor, por lo que el concepto de violación de sus El derecho de autor no protege las ideas, limitando el una campaña publicitaria no estará protegido por esta derechos ante el control de los autores a la forma en la que éstas se disciplina. Cosa distinta ocurre con aquellas obras artísticas Ministerio Público. que, por su finalidad, son llamadas por algunos sectores de la doctrina "obras publicitarias". El concepto del personaje ficticio, con su particular estará protegida caracterización, forma de actuar y de expresarse no es desde el momento La obra publicitaria es aquella producción intelectual original sujeto de protección exclusiva por el derecho de autor, que tiene como fin promocionar y posicionar determinados pues este concepto o características del personaje son creada, el registro productos o servicios en el mercado. Lo que la distingue de es necesario para las demás obras es únicamente su finalidad, por lo que cuenta con plena protección del régimen de derecho de Sin embargo, la presentación gráfica del personaje sí es una obra protegida por el derecho de autor y, por ende, se requerirá autorización previa del ilustrador para utilizarla en Por lo tanto, los dibujos o ilustraciones que hagan parte de la comercialización de productos, para la inclusión de la una campaña publicitaria estarán protegidos y, por ende, se imagen en otras obras y para su adaptación al cine, entre requerirán la autorización previa y expresa de su autor para En aquellos casos en que se ilustre un logo que identifique a un productor o prestador de un servicio, éste podrá ser registrado como marca ante una oficina competente en materia de Propiedad Industrial. Para ello, deberá contar previamente con el consentimiento del autor en caso de que el logo constituya una obra protegida (obra artística).



Ilústrate sobre tus derechos Alicia en el país de las maravillas de época grabado original. Ilustración de John Tenniel, publicado en 1865. Las ilustraciones y dibujos son creaciones del
intelecto humano y, por ende, están protegidos por el
derecho de autor en igual medida que las obras
literarias y cualquier otro tipo de creación intelectual.

El ilustrador podrá exigir firmar un contrato en todos los casos en que un tercero desee usar su obra, bien sea que se trate de: 1) Ilustraciones hechas a partir de textos previamente escritos sin un presupuesto visual. 2) Ilustraciones que resignifican situaciones, hechos o hilos argumentativos que una narración escrita evoca directa o indirectamente, creando con las imágenes un hipertexto ¿Para qué me sirve limitar los derechos que cedo o licencio a una
donde se generan nuevas conexiones mentales en el editorial?
lector; esto es, jugando con sus conocimientos previos o haciendo señalamientos que la narración no trae en sí y Entre menor importancia tenga la ilustración en una publicación, mayor que retroalimentan todo lo que el texto contiene. importancia adquiere la firma de un contrato para asegurar que el 3) Ilustraciones que alcanzan un grado de simbiosis donde ilustrador pueda utilizar su obra en un futuro, en proyectos que le den mayor visibilidad o mayores ganancias. el texto escrito complementa lo que la imagen no presenta o viceversa, y en que la relación se convierte en Es importante tener en cuenta que el editor no siempre utilizará todos un contrapunteo de lenguajes en el cual la sustracción de los derechos patrimoniales sobre la ilustración, por lo que, por ejemplo, no en todos los casos es necesario ceder o licenciar derechos de alguno de los dos elementos implica el derrumbe de la merchandising o publicación digital. Asimismo, no en todos los casos la inclusión de las ilustraciones en otra obra afectará la comercialización 4) Ilustraciones que, como en el caso del libro álbum, del libro, pero sí puede representar otra fuente de ingresos para el representan el objeto principal de la publicación. autor, la cual se verá truncada si no se limita la cesión o licencia. Sin importar el nivel de aportación del ilustrador al
Limitar la licencia o cesión asegura al ilustrador la potestad de explotar su obra por la mayor cantidad de canales posibles. resultado final, el uso de su obra requiere de su
autorización previa (antes del uso) y expresa.
El ilustrador podrá limitar la autorización a modalidades de explotación específicas o territorios determinados; por ejemplo, autorizar la inclusión de la ilustración en un libro de literatura infantil en edición de lujo para su distribución exclusiva en la Argentina, asegurando así poder negociar el uso de la obra en otros países o Internet. Asimismo, el ilustrador podrá limitar en el tiempo la autorización concedida o la cesión; de modo que, por ejemplo, si el ilustrador autoriza la inclusión de su obra en un banco de imágenes por un año, el administrador de la base de datos deberá eliminar la obra una vez transcurrido ese periodo de tiempo.



Ilústrate sobre tus derechos Alicia en el país de las maravillas de época grabado original. Ilustración de John Tenniel, publicado en 1865. ¿Cómo puedo acordar el pago por la utilización de mi
obra?

Las partes tienen plena libertad para definir la forma en que se remunerará al autor por la utilización de su obra, bien sea el pago de una suma cierta y determinada o un porcentaje sobre el precio de venta al público de cada ejemplar. En la actualidad, es de común uso que el ilustrador de obras literarias previamente escritas, sin presupuesto visual, perciba una remuneración fija y determinada; mientras que en el caso del libro álbum y, en general, de aquellas publicaciones en las que el ilustrador es el autor principal, se pacte un porcentaje de regalías sobre el precio de venta al público, que oscila entre el 6 y el 10%, sin perjuicio de que en la negociación se pacte uno mayor. Si autoricé la inclusión de mi ilustración en un libro,
¿pueden usarla para libros electrónicos o páginas
web?

Tenga en cuenta que el adelanto es un estimado de las ganancias que percibirá el autor por concepto de regalías, por lo que el editor, quien asume el riesgo, es el que usualmente No. Si el contrato inicial no incluía la autorización determina el monto del mismo y el tiempo en el que se expresa para la explotación de la obra en redes empezará a amortizar. digitales, no se podrá poner a disposición en Internet. Tratándose de la explotación de la obra en el ámbito digital, En este caso, el ilustrador podrá contratar los derechos aún no existen prácticas mercantiles comunes que indiquen de explotación en el entorno digital con quien desee. cuál es el porcentaje ideal o la modalidad más apropiada; sin embargo, es recomendable que el autor siempre perciba Explotación en Internet
ingresos proporcionales a la explotación de su obra y pacte modalidades de pago distintas para cada tipo de modelo de En Internet, no todo es de uso libre. Si bien muchos negocio, bien sea un porcentaje sobre el precio de venta al autores han optado por modelos Open Access, se debe público por cada descarga realizada, una cantidad determinada tener presente que cada autor tiene plena potestad para por cada utilización que los usuarios por suscripción hagan o decidir si comercializa su obra en la Red o permite su un porcentaje de cada suscripción que realicen los usuarios utilización gratuita. que accedan a la obra vía streaming, entre otros. Como se ha mencionado, todo uso de la obra requiere la autorización previa y expresa del autor, así no se persiga ánimo de lucro, incluyendo la puesta a disposición en Internet. Por lo tanto, para incluir una ilustración en un blog, un libro electrónico, un banco de imágenes (sea gratuito o no), o cualquier página web, es necesario que el autor haya dado su consentimiento. De no ser así, se podrá solicitar el pago de una indemnización de perjuicios. Ilústrate sobre tus derechos Alicia en el país de las maravillas de época grabado original. Ilustración de John Tenniel, publicado en 1865. Requiere la autorización previa y expresa del creador el uso de una ilustración para incluirla en la etiqueta, aplicarla a productos o realizar uno o más ejemplares tridimensionales de una obra bidimensional, como es el caso de las esculturas y figuras de acción creadas a partir de un dibujo. Por el simple hecho de autorizar la inclusión de la obra en un libro no se entiende que se ha autorizado el uso de la ilustración en productos, para lo cual se requerirá una nueva negociación, en virtud del principio de independencia entre las distintas formas de explotación. ¿Quien compre un dibujo puede comercializarlo
¿Qué pasa si me encargan un trabajo y no lo publican?
como desee?
La respuesta varía sustancialmente conforme a lo acordado No. La venta de una obra pictórica o una ilustración no por las partes en el contrato. implica la transferencia de derechos patrimoniales. De modo que, por ejemplo, aunque una persona sea la Si se acordó el pago de una suma fija por la utilización de la propietaria de la ilustración, requerirá la autorización obra, el editor tendrá plena libertad para tomar la decisión previa y expresa del autor para reproducirla. Para que de publicar o no la ilustración. En caso de que el autor, se transfieran los derechos sobre la obra, es necesario además de recibir una justa retribución, esté interesado en que exista una estipulación en este sentido, requisito la difusión de su obra, deberá incluir una aclaración en el que no se ve satisfecho con la simple venta del papel contrato en el sentido que si el editor no la publica en un en el que fue creada. plazo determinado, el autor recuperará los derechos sobre la obra reteniendo el pago a modo de indemnización. ¿Entregar las artes (archivos finales) implica una
autorización para que la obra sea utilizada en
Si, por el contrario, se pactó el pago de regalías, el autor cualquier publicación?
podrá dar por terminado el contrato, alegando que el editor No. La publicación de la obra en formatos digitales o comercialización de la obra. analógicos requiere la expresa autorización del autor. A modo de ejemplo, podemos decir que quien haya recibido las artes en virtud de un contrato de licencia, ¿Qué puedo hacer si usan mi obra para fines diferentes
por medio del cual se le autorizó incluir la ilustración en de los originalmente acordados? ¿Y si hacen una nueva
una publicación analógica, no podrá usarlas en Internet o publicación distinta a la inicialmente pactada. Si la obra es utilizada más allá de los parámetros autorizados en el contrato, se está cometiendo una infracción al derecho de autor y el ilustrador podrá interponer una denuncia penal ante el Ministerio Público o demandar ante un juzgado nacional en lo civil, solicitando una indemnización de perjuicios. Ilústrate sobre tus derechos Alicia en el país de las maravillas de época grabado original. Ilustración de John Tenniel, publicado en 1865. Creative Commons
Las licencias Creative Commons (CC) representan un
mecanismo sencillo para autorizar a terceros el uso de la ilustración, especialmente para aquellos artistas que deseen dar a conocer su trabajo. Pero se deben tener muy presentes sus consecuencias. Un vez se suba la obra a la red bajo una licencia CC, será muy complicado revocarla, por lo que debe ¿Qué puedo hacer si, en el proceso de diseño y
preguntarse antes si el uso de éstas es lo más diagramación, es modificada mi obra o si no se dan
conveniente para usted y cuál se ajusta más a sus los créditos en forma adecuada?
Aunque el autor ceda o licencie los derechos sobre su Ahora bien, recuerde que, aunque la obra se
obra, conserva sobre ella el derecho a impedir toda distribuya bajo una CC, el ilustrador conserva, sin
deformación, mutilación o modificación de ella, así como a exigir la mención de su nombre o seudónimo deformación, mutilación o modificación de su obra,
como autor. En caso de que se llegue a violar dichos así como a exigir la mención de su nombre o
derechos, se podrá solicitar el retiro de la publicación seudónimo como autor.
del comercio y la indemnización de perjuicios. Por medio de las CC, el artista no "regala" su trabajo; ¿Mi nombre siempre debe estar asociado a la obra?
solo permite su uso libre bajo ciertas condiciones. A modo de ejemplo, se puede mencionar que dichas Sí. El derecho a la paternidad de la obra es perpetuo e licencias no implican en todos los casos una renuncia a irrenunciable, así que cuando se haga uso de la perseguir fines lucrativos, pues la licencia CC ilustración se deberá indicar el nombre o seudónimo de "Atribución sin derivar no comercial" permite realizar su autor, exceptuando exclusivamente aquellos casos actos de reproducción, distribución y comunicación en los que el creador opte por el anonimato. pública de la obra sin autorización previa, siempre y cuando dichos actos se hagan sin ánimo de lucro. El En este sentido, aunque no quede estipulado en el que tenga como finalidad percibir ganancias deberá dar contrato, el editor tiene la obligación de indicar el un porcentaje al autor. nombre o seudónimo del ilustrador, bien sea junto a cada imagen o en la página legal de la publicación. En Las licencias CC o los modelos Open Access hacen
las publicaciones electrónicas o en aquellas donde parte de los modelos de negocio; su principal
intervienen varios ilustradores, lo más recomendable es ventaja es la amplia difusión de artistas nuevos, por
que la mención del autor haga parte de la imagen. lo que no es necesario que el autor publique todo
su trabajo bajo esta modalidad. Con una pequeña
La supresión del nombre o la atribución de autoría a un muestra bastaría.
tercero distinto al verdadero creador constituyen una infracción al derecho de autor que puede dar lugar a acciones penales y civiles. Elaborado por la Subdirección de Derecho de Autor del CERLALC
Diseño y textos: Fredy Forero

Source: http://letrasalderecho.info/pdf/ilustra_tus_derechos.pdf

Dudley 1.6

Computational Repositioning of the AnticonvulsantTopiramate for Inflammatory Bowel Disease Joel T. Dudley,1,2,3* Marina Sirota,1,2,3* Mohan Shenoy,4 Reetesh K. Pai,5Silke Roedder,1,3 Annie P. Chiang,1,2,3 Alex A. Morgan,1,2,3 Minnie M. Sarwal,1,3Pankaj Jay Pasricha,4 Atul J. Butte1,3† Inflammatory bowel disease (IBD) is a chronic inflammatory disorder of the gastrointestinal tract for which thereare few safe and effective therapeutic options for long-term treatment and disease maintenance. Here, we ap-plied a computational approach to discover new drug therapies for IBD in silico, using publicly available moleculardata reporting gene expression in IBD samples and 164 small-molecule drug compounds. Among the topcompounds predicted to be therapeutic for IBD by our approach were prednisolone, a corticosteroid used to treatIBD, and topiramate, an anticonvulsant drug not previously described to have efficacy for IBD or any related dis-

biostat3.net

British Journal of Cancer (2003) 89, 431 – 436& 2003 Cancer Research UK All rights reserved 0007 – 0920/03 $25.00 Survival Analysis Part II: Multivariate data analysis – an introductionto concepts and methods  MJBradburn*,1,TGClark1,SBLove1 andDGAltman1 Cancer Research UK/NHS Centre for Statistics in Medicine, Institute of Health Sciences, Old Road, Oxford OX3 7LF, UK